Lo nuevo de la Carta Porte 3.0

Carta Porte 3.0 será exigible a partir del 1 de enero de 2023

Recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció la versión 3.0 del complemento Carta Porte con la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de ingreso y traslado para el movimiento de bienes y mercancías por vías de la jurisdicción federal.

Por ello, te daremos a conocer los cambios generales de esta nueva versión, cuándo será obligatorio su uso y las consideraciones que debes tener.

Te sugerimos leer este blog donde hablamos de las reglas específicas de este documento en movimientos aduaneros. 

Novedades del complemento Carta Porte 3.0

La autoridad agregó nuevos campos en los catálogos de llenado de este documento, cuya versión 3.0. será exigible a partir del 1 de enero de 2024, cuando también inicie la aplicación de multas por errores en el mismo, por lo que es importante que los conozcas:

RégimenAduanero: Para identificar el tipo de régimen que se encuentra asociado con el traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera. Esto cuando estén relacionadas con una operación de comercio exterior.

TipoMateria: Aquí se expresa el estado de la materia o producto al realizar una operación de comercio exterior a través de los distintos medios de transporte.

DocumentoAduanero: Para registrar la información de los documentos aduaneros que se encuentran asociados al traslado de los bienes y/o mercancías por los distintos medios de transporte de procedencia extranjera, así como para acreditar la legal estancia o tenencia durante su traslado en territorio nacional.

RegistroISTMO: Para opcionalmente indicar si el traslado de bienes o mercancías se realiza en el interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec. En este apartado habrá otros campos para indicar la región en donde inicia el traslado y la región en la que termina.

idCCP: En este campo se ingresarán los 36 caracteres del folio del complemento Carta Porte (IdCCP) de la transacción de timbrado conforme al estándar RFC 4122, para la identificación del CFDI con complemento Carta Porte.

Cuando sean bienes y/o mercancías reguladas por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, deberán consignarse los siguientes campos:

SectorCOFEPRIS: Atributo opcional para expresar la clasificación del producto que se traslada y que debe contar con autorización por la autoridad correspondiente.

FormaFarmaceutica: Para expresar la forma farmacéutica o mezcla del medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópico o estupefaciente que presenta ciertas características físicas para su adecuada dosificación, conservación y administración.

CondicionesEspeciales: Campo para indicar la condición en la cual es necesario mantener el medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópicos o estupefacientes durante el traslado y almacenamiento.

Aunado a esto, también se agrega la generación e incorporación de un código QR que contendrá la siguiente información:

  1. La URL de acceso al servicio que pueda mostrar los datos de la versión publicada del comprobante.

  2. Identificador del complemento Carta Porte (IdCCP).

  3. Fecha y hora de salida y llegada (FechaHoraSalidaLlegada) del nodo ubicación cuando el atributo TipoUbicacion sea igual a Origen, siendo el primer registro del nodo ubicación.

  4. Fecha y hora de certificación del CFDI.

Puedes consultar la información completa de los campos y catálogos en este enlace.

Otras consideraciones

De acuerdo con el el SAT, la versión 3.0 del complemento Carta Porte iniciará su vigencia el 25 de noviembre de 2023 en un periodo de convivencia con la 2.0, que finalizará el 31 de diciembre.

Es decir, a partir del 1 de enero será la única versión vigente para la emisión de este documento, fecha a partir de la cual será obligatorio transmitir en el pedimento el folio fiscal del CFDI con este complemento para operaciones de comercio exterior.

Con base en lo anterior, te recomendamos explorar su uso lo antes posible, aprovechando la no aplicación de multas por errores a fin de que estés listo cuando inicie el próximo año.

Por último, te recordamos que nuestro sistema de Anexo 24 cuenta con un módulo para agilizar la generación del complemento Carta Porte, a través de la información disponible en tus catálogos de productos e información fiscal para reducir el margen de error en su llenado, encuentra más información aquí.

Fuente: SAT

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