El Complemento Carta Porte ya es obligatorio
El tercer episodio del podcast Radio Incomex, edición Comercio Exterior, ya se encuentra disponible y en esta ocasión nuestra directora, Lorena Beltrán, analizó junto al socio de TP Customs Compliance, Alejandro Márquez, qué es el Complemento Carta Porte y varios detalles sobre esta obligación.
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Los expertos comentan que la emisión del CFDI con Complemento Carta Porte para el movimiento de mercancías en caminos y carreteras federales entró en vigor en diciembre de 2021 y su emisión es obligatoria desde enero de 2022.
Lo anterior significa que desde el inicio de este año el cumplimiento es indispensable para:
Deducir y acreditar el IVA de la transacción que respalda.
Comprobar la legal pertenencia de las mercancías en movimiento.
Aunque aún no hay sanciones por el llenado incorrecto del documento, sí hay implicaciones fiscales y otras relacionadas con la legal posesión de dichas mercancías. A partir del 1 de enero de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) empezará a sancionar cuando el llenado del Complemento Carta Porte no sea correcto.
Lorena Beltrán detalla que es obligatorio que las empresas generen un CFDI con Complemento Carta Porte de ingreso en el caso de que se contrate el servicio de un transportista para mover la mercancía, o un CFDI con Complemento Carta Porte de traslado en el caso de que la mercancía sea transportada con sus propios medios.
Por su parte, Alejandro Márquez señala que esto se implementó con el objetivo de identificar el traslado de mercancías y disminuir actividades ilegales. Sin embargo, en la práctica permite también a la autoridad visualizar a quienes estén prestando un servicio de transporte de mercancías para efectos de fiscalización.
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