¿Qué es la certificación de empresas en modalidad IVA e IEPS?

Programa IMMEX permite importaciones temporales sin pagar IGI

La certificación modalidad IVA e IEPS es un modelo de facilitación fiscal y aduanera incluido en el Esquema Integral de Certificación, controlado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que implica importantes beneficios. 

El más relevante es la generación de un crédito fiscal por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) causado por importaciones temporales de las empresas con Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX).  

Con base en lo anterior, las empresas interesadas en certificarse deben contar con su IMMEX y FIEL vigentes, así como con acceso a la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM).  

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La autoridad fiscal fijará el impuesto que debe “pagarse” por la importación de la mercancía, sin embargo, se generará un crédito fiscal el cual irá disminuyendo conforme se realicen exportaciones relacionadas a la mercancía hasta que el crédito quede en ceros. 

Con el otorgamiento del crédito fiscal de IVA e IEPS, así como con la exención del Impuesto General de Importación (IGI) que otorga el programa IMMEX, las personas morales autorizadas no tendrán que pagar estos impuestos siempre y cuando los retornos de mercancías se realicen en el tiempo determinado por cada modalidad. 

Esta certificación también permite la ampliación a las mercancías sensibles del Anexo II del Decreto IMMEX, además a todas las actividades de este programa de fomento en la modalidad de servicios, sin que exista necesidad de solicitar y justificar una a una las mercancías y actividades. 

Solicitud de certificaciones se realizan en el portal del SAT

Las empresas interesadas en solicitar la certificación IVA e IEPS podrán hacerlo desde el portal del SAT en cualquiera de sus tres rubros; A, AA y AAA, siempre que cumplan con los requisitos para tal efecto. 

El fundamento legal para la solicitud de este esquema se encuentra en   

  • Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 28-A.  

  • Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, artículo 15-A.  

  • Reglas Generales de Comercio Exterior, reglas 7.1.1. y 7.1.2. 

Beneficios de la Certificación IVA e IEPS

Algunos de los beneficios a los que pueden acceder las empresas certificadas, además de lo expuesto respecto al crédito fiscal, son: 

1.- Las dedicadas a bienes de los sectores eléctrico o electrónico, de autopartes y aeronaves, así como aquellos de las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, podrán someterse a un proceso de despacho conjunto para la importación, introducción a depósito fiscal o a Recinto Fiscalizado Estratégico en operaciones de tráfico aéreo, cumpliendo con los requisitos establecidos para tal efecto. 

2.- Las empresas de servicios podrán efectuar el cambio de régimen de temporal a definitivo de las partes y componentes importados temporalmente, que le hubiere transferido una empresa de la industria de autopartes, para su enajenación a la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte. 

3.- Las empresas que fabriquen embarcaciones de recreo y deportivas, del tipo lancha, yate o velero de más de cuatro y medio metros de eslora, podrán realizar la entrega de dichas mercancías en territorio nacional a extranjeros o mexicanos residentes en territorio nacional o en el extranjero, para su importación temporal, siempre que se cumpla con la reglamentación establecida para tal efecto. 

Sector automotriz tiene beneficios con certificación IVA e IEPS

4.- Las empresas de la industria de autopartes podrán registrar en su sistema de control de inventarios las mercancías que enajenaron a las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, con la información contenida en los comprobantes fiscales que amparen su venta y siempre que en el pedimento de importación temporal previamente promovido por la empresa de la industria de autopartes, se haya efectuado el pago del IGI conforme a la regla 1.6.12. 

Los rubros A, AA y AAA pueden acceder a estos beneficios, sin embargo, la diferencia es la duración de la vigencia, siendo de 2 años para AA y 3 para AAA según la regla 7.1.6. 

¿Cuáles son los requisitos?  

Rubro A

  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras;  

  • Tener personal registrado ante el IMSS y cumplir con la obligación de retener y enterar el ISR de los trabajadores;  

  • Contar con certificados de sellos digitales vigentes, así como no encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del CFF, durante los últimos 12 meses; 

  • Tener registrados ante el IMSS al menos 10 trabajadores y realizar el pago de la totalidad de cuotas obrero-patronales;  

  • Contar con inversión en territorio nacional;  

  • Que sus proveedores no se encuentren en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos del artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF 

Consulta los requisitos completos para el rubro A pueden consultarse en esta página. 

Certificación IVA e IEPS Rubro A

Rubro AA

Además de los requisitos del rubro A deberán cumplir con: 

  • Haber realizado durante los últimos 4 años o más operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la certificación o que en promedio, durante los últimos 12 meses, contaron con más de mil trabajadores registrados ante el IMSS o que su maquinaria y equipo sea superior a los 50 millones de pesos. 

  • Que no se les haya notificado ningún crédito fiscal por parte del SAT en los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud o, en su caso, acrediten que están al amparo del procedimiento previsto en el segundo párrafo, de la presente regla o, en su caso, hayan efectuado el pago del mismo. 

  • No contar con resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA, cuyo monto represente más del 20 por ciento del total de las devoluciones autorizadas y/o que el monto negado resultante supere los 5 millones de pesos en lo individual o en su conjunto, durante los últimos 6 meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. 

Empresas IMMEX pueden solicitar su certificación IVA e IEPS

Rubro AAA

Pueden acceder a este rubro las empresas que cumplan con los requisitos del rubro A y tengan lo siguiente: 

  • Haber realizado durante los últimos 7 años o más operaciones al amparo del régimen para el cual solicitan la certificación o que en promedio, durante los últimos 12 meses, contaron con más de 5 mil 500 trabajadores registrados ante el IMSS o que su maquinaria y equipo sea superior a los 100 millones de pesos. 

  • Que no se les haya notificado ningún crédito fiscal por parte del SAT en los 24 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud o, en su caso, acrediten que están al amparo del procedimiento previsto en el segundo párrafo, de la presente regla o, en su caso, hayan efectuado el pago del mismo. 

  • No contar con resolución de improcedencia de las devoluciones del IVA, cuyo monto represente más del 20 por ciento del total de las devoluciones autorizadas y/o que el monto negado resultante supere los 5 millones de pesos en lo individual o en su conjunto, durante los últimos 6 meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. 

Si estás interesado en obtener esta certificación o tienes dudas de cómo comprobar tu cumplimiento frente a la autoridad, puedes contactarnos. Estamos listos para asesorarte.

Fuente: SAT y RGCE.






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